Ley de morosidad: plazos de pago a proveedores y cómo cumplirlos

28/10/26

Pagos y Gestión de Proveedores

Ley de morosidad: plazos de pago a proveedores y cómo cumplirlos

Casi ninguna empresa española incumple la ley de morosidad a propósito. La incumple porque una factura tardó nueve días en recorrer su circuito de aprobación y nadie midió ese tiempo.

El resultado es el mismo: intereses de demora que se devengan solos, una indemnización por costes de cobro que el proveedor puede reclamar, y un periodo medio de pago que hay que publicar en las cuentas anuales.

Vamos a ver qué exige exactamente la norma, qué pasa cuando no se cumple y por qué el problema casi nunca está en tesorería.

Qué es la ley de morosidad y a quién aplica

La norma

Lo que en España se conoce como ley de morosidad es la Ley 3/2004, que establece medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Ha sido modificada por la Ley 15/2010 y la Ley 11/2013.

Su objetivo es sencillo: evitar que las empresas grandes financien su circulante retrasando el pago a sus proveedores.

A qué operaciones se aplica

A las operaciones comerciales entre empresas y entre empresas y la Administración. Es decir, al B2B.

No se aplica a operaciones con consumidores, ni a deudas sometidas a procedimientos de insolvencia, ni a los intereses relacionados con cheques y pagarés, que tienen su propia regulación.

Los plazos exactos que fija la ley

Esta es la parte que conviene tener clara, porque la confusión entre los dos plazos es constante.

SituaciónPlazo máximoSin pacto entre las partes30 días naturalesCon pacto expreso entre empresas60 días naturalesDeudor es Administración pública30 días (art. 198.4 LCSP)

El plazo cuenta desde la recepción de la mercancía o la prestación del servicio.

El límite que no se puede pactar

Aquí está el punto que más veces se pasa por alto: los 60 días son un techo infranqueable.

Un pacto que establezca un plazo superior es nulo. No es que sea discutible: es que no produce efectos, y los intereses de demora se calculan desde el día 61 como si ese pacto no existiera.

Da igual que ambas partes lo hayan firmado y que el proveedor estuviera de acuerdo. La nulidad opera por ley.

Qué pasa cuando se incumple

Intereses de demora automáticos

Los intereses se devengan automáticamente desde el día siguiente al vencimiento, sin que el proveedor tenga que reclamar nada ni enviar ningún requerimiento.

El tipo se calcula sumando ocho puntos porcentuales al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su operación principal de financiación más reciente.

Para el segundo semestre de 2026 ese tipo está en el 10,40% anual (2,40% del BCE más 8 puntos). Se revisa cada semestre mediante resolución publicada en el BOE, así que conviene comprobar el vigente antes de hacer cualquier cálculo.

La indemnización de 40 euros por factura

Además de los intereses, la norma reconoce al acreedor una indemnización por costes de cobro de 40 euros por factura pagada tarde, exigible desde el primer día de retraso.

Y si puede acreditar costes superiores, puede reclamar también el exceso.

Haz la cuenta con tu volumen. Cien facturas pagadas con retraso en un año son 4.000 euros en indemnizaciones, antes de contar intereses. Es un coste que casi nunca aparece en ningún informe interno porque la mayoría de proveedores no lo reclama. Pero pueden.

El cambio en la reclamación judicial

Desde abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 introdujo un paso previo: antes de presentar un procedimiento monitorio, el acreedor debe intentar negociar mediante un requerimiento fehaciente, por ejemplo un burofax. Si el deudor no responde, puede presentar el monitorio transcurridos 30 días naturales desde la recepción.

En la práctica significa que la reclamación es algo más lenta, pero también que recibir un burofax de un proveedor ya no es una formalidad: es el paso previo a un procedimiento.

El periodo medio de pago: el número que hay que publicar

Qué es

El periodo medio de pago a proveedores (PMP) indica cuántos días tarda de media una empresa en pagar sus facturas comerciales.

Y no es solo una métrica de gestión interna: las sociedades que formulan cuentas anuales deben informar de este dato en la memoria. Es público.

Cómo se calcula

El cálculo se basa en ponderar el importe de cada operación por los días que ha tardado en pagarse, y dividir entre el total de pagos del periodo:

PMP = (Σ (importe pagado × días de pago) ÷ Total de pagos realizados)

El ICAC publicó una resolución que detalla la metodología exacta, incluidos los pagos pendientes al cierre. Conviene seguir esa referencia y no una fórmula simplificada, porque la cifra que se publica tiene que ser la que marca la norma.

Qué hacer con el número

Compararlo con dos cosas:

El límite legal. Si tu PMP está por encima de 60 días, estás incumpliendo de forma sistemática y además lo estás publicando.

Tu propia evolución. Un PMP que crece trimestre a trimestre es una señal de alerta mucho antes de que aparezca en un requerimiento.

Y hay una métrica más útil que la media: el porcentaje de facturas pagadas dentro de plazo. Un PMP de 45 días puede esconder que el 25% de tus facturas se paga a 90.

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Habla con un experto

Por qué el problema no está en tesorería

Aquí está la parte que de verdad importa para corregirlo.

Cuando una empresa descubre que su periodo medio de pago está en 72 días, la reacción habitual es mirar la caja. Y casi nunca es un problema de caja.

El tiempo se pierde antes del pago

Lanzar una remesa de pagos lleva minutos. Lo que lleva semanas es lo que pasa antes:

La factura tarda en entrar. Llega al correo de una persona, se reenvía, se descarga, se registra días después de su fecha de emisión. El plazo legal, sin embargo, cuenta desde la entrega del bien o servicio, no desde que tú la registras.

La aprobación duerme en una bandeja. Una factura con tres aprobadores que viaja por correo puede estar parada días porque el aviso se perdió, porque llegó sin la información para decidir, o porque el aprobador está de vacaciones y nadie configuró sustituto.

Las excepciones se quedan bloqueadas. Una factura que no cuadra con el pedido o el albarán espera a que alguien investigue. Y mientras investiga, el plazo corre igual.

La cuenta que conviene hacer

Si tus condiciones son 60 días y tu PMP es 72, no tienes un problema de 72 días. Tienes 12 días de fricción interna. Y esos 12 días están repartidos entre entrada, aprobación y excepciones, no entre tu banco y tu proveedor.

Lo desarrollamos con más detalle en nuestra guía del proceso de cuentas por pagar.

Cómo reducir el periodo medio de pago

Cinco medidas, ordenadas por impacto real:

1. Registrar la factura el día que llega. Un canal único de entrada elimina los días que se pierden entre que un proveedor envía y alguien registra.

2. Poner reglas y plazos a la aprobación. Aprobación automática por debajo de cierto importe, avisos cuando una factura lleva más de X días parada y sustitutos configurados. Unos flujos de aprobación bien definidos recuperan la mayor parte del tiempo perdido.

3. Automatizar el cotejo. La conciliación automática línea a línea contra pedido y albarán cierra las discrepancias que hoy bloquean facturas durante días.

4. Escalonar los pagos. Pagar todo el mismo día del mes crea un pico de tesorería innecesario y retrasa de media dos semanas las facturas de ese mes.

5. Medir. Si no tienes el PMP y el porcentaje de facturas en plazo en un panel, no puedes corregir nada. La analítica en tiempo real es lo que convierte esto en gestionable.

Y una que ahorra dinero en lugar de costarlo

Reducir el PMP no significa pagar antes de lo acordado. Significa pagar cuando toca, con control.

De hecho, un proceso rápido abre la puerta a los descuentos por pronto pago. Un 2% por pagar a 10 días en lugar de a 60 es una rentabilidad anualizada muy alta, y se pierde sistemáticamente porque el circuito no llega a tiempo.

Cómo lo resuelve Dost

El cumplimiento de los plazos legales no se arregla con más recordatorios. Se arregla quitando los días que la factura pasa esperando a una persona.

En Dost, las facturas entran por un canal único, la IA extrae los datos a nivel de línea, se cotejan automáticamente contra pedido y albarán, recorren tus circuitos de aprobación con reglas y avisos, y se contabilizan en el ERP que ya usas. Desde la misma plataforma se ejecutan los pagos a proveedores y se concilian contra el banco.

Y tus proveedores consultan el estado de cada factura en su portal, lo que reduce el tráfico de correos preguntando cuándo van a cobrar.

Todo sobre la base de la automatización de cuentas por pagar, sin cambiar de ERP y sin proyecto de IT.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede pactar un plazo de pago superior a 60 días?

No. Los 60 días naturales son el límite máximo en operaciones entre empresas y un pacto que lo supere es nulo de pleno derecho, aunque ambas partes lo hayan firmado. En ese caso los intereses de demora se devengan desde el día 61. Para situaciones concretas conviene consultar con asesoría, porque existen regímenes específicos en algunos sectores.

¿Cuánto son los intereses de demora por pagar tarde a un proveedor?

El tipo resulta de sumar ocho puntos porcentuales al tipo del Banco Central Europeo de su operación principal de financiación más reciente. En el segundo semestre de 2026 está en el 10,40% anual. Se revisa cada semestre por resolución publicada en el BOE, por lo que hay que comprobar el vigente antes de calcular. Los intereses se devengan de forma automática, sin necesidad de requerimiento previo.

¿Es obligatorio publicar el periodo medio de pago a proveedores?

Las sociedades que formulan cuentas anuales deben informar de su periodo medio de pago a proveedores en la memoria. El ICAC publicó una resolución con la metodología de cálculo, que incluye tanto los pagos realizados como los pendientes al cierre del ejercicio. Conviene seguir esa metodología y no una fórmula aproximada.

Conclusión

La ley de morosidad fija un límite claro: 30 días sin pacto, 60 como máximo con pacto, y nada por encima de eso tiene validez.

Lo que no fija la ley, y es donde se incumple de verdad, es cuánto tarda una factura en recorrer tu circuito interno. Si tus condiciones son 60 días y tu periodo medio de pago es 72, la diferencia no está en tu tesorería. Está en los días que las facturas pasan esperando un registro, una aprobación o la resolución de una discrepancia.

Esa diferencia se mide. Y una vez medida, se corrige.

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